El calendario del casero: las fechas que no se te pueden pasar

Por Rafael Chacón Cortés · Revisado el 5 de noviembre de 2026

Tener un piso alquilado implica unas cuantas fechas fijas cada año. Ninguna es complicada, pero olvidarlas sale caro. Este es el calendario de un casero particular.

Cada mes

  • Cobra y emite el recibo de la renta. Con nuestro generador de recibos puedes sacar los doce de golpe.
  • Apunta los gastos que pagues (reparaciones, comunidad) y guarda las facturas.
  • Si un mes no cobras, reclama por escrito: es la primera gestión de cobro (guía del inquilino que no paga).
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En la fecha de aniversario del contrato

  • Actualización de la renta, si tu contrato la prevé. Hay que comunicarla por escrito al inquilino con al menos un mes de antelación. El índice que toca depende de la fecha del contrato y de la normativa vigente.
  • Revisa si toca renovar o prorrogar el contrato y los plazos de preaviso.

De abril a junio: la declaración de la renta

  • La campaña empieza a principios de abril y termina el 30 de junio. Si sale a pagar y lo domicilias, el plazo acaba unos días antes.
  • Declara ingresos, gastos, amortización y reducción. Te ayudan la calculadora y la guía de Renta Web paso a paso.
  • Si te sale a pagar, puedes fraccionarlo en dos plazos: 60 % en junio y 40 % a principios de noviembre.

El IBI y las tasas municipales

Cada ayuntamiento fija su periodo de pago del IBI (muchos entre primavera y otoño, a veces en varios plazos) y de la tasa de basuras. Consulta el calendario fiscal de tu municipio y, si lo repercutes, recuerda pasárselo al inquilino como pactasteis.

Al firmar un contrato nuevo

  • Cobra la fianza y deposítala en el organismo de tu comunidad autónoma en el plazo que marque.
  • Haz inventario con fotos y guarda el contrato firmado.
  • Comprueba qué reducción te corresponderá con ese contrato.

Una vez al año

  • Revisa el seguro de hogar (y el de impago si lo tienes) antes de su renovación.
  • Comprueba las derramas aprobadas por la comunidad.
  • Archiva todo: facturas, recibos y contratos se guardan al menos cuatro años desde la declaración en la que los usaste.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo empieza la campaña de la renta?

Normalmente a principios de abril y termina el 30 de junio. La Agencia Tributaria publica las fechas exactas cada año.

¿Tengo que presentar algún modelo trimestral por mi alquiler?

Si eres un particular que alquila vivienda a otro particular, no: lo declaras en la renta anual. Los modelos de retenciones los presenta el inquilino cuando es una empresa o un profesional.

¿Cuánto tiempo guardo las facturas?

Al menos cuatro años desde la declaración en la que las usaste, y más si arrastras gastos pendientes o amortizaciones.

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