Por qué conviene dar recibo cada mes
La Ley de Arrendamientos Urbanos obliga al casero a entregar recibo del pago de la renta, salvo que se pacte otra forma de acreditarlo, como la transferencia en la que consta el concepto. Aunque cobres por banco, el recibo tiene otras ventajas:
- Te ordena las cuentas para la declaración de la renta: sabes qué cobraste y por qué concepto.
- Si el inquilino deja de pagar, emitir el recibo cuenta como primera gestión de cobro para deducir el impago como saldo de dudoso cobro. Lo explicamos en la guía del inquilino que no paga.
- Evita discusiones: cada concepto (renta, suministros, comunidad) queda separado.
Qué tiene que llevar un recibo de alquiler
- Nombre y NIF del casero y del inquilino.
- Dirección de la vivienda.
- Mes al que corresponde y número de recibo.
- Importe de la renta y de cada concepto por separado, y el total en cifras y en letras.
- Fecha, lugar y firma del casero.
Preguntas frecuentes
¿El recibo de alquiler lleva IVA o retención?
El alquiler de vivienda está exento de IVA. Tampoco lleva retención de IRPF cuando el inquilino es un particular que vive en ella. Si alquilas a una empresa o un local, el caso es distinto.
¿Tengo que firmar cada recibo?
Sí, el recibo lo firma el casero. Puedes imprimirlo y firmarlo a mano, o firmar el PDF con tu certificado digital.
¿Se guardan mis datos?
Solo en tu navegador, para que el mes que viene no tengas que escribirlos otra vez. No se envían a ningún servidor.